La Letrada Yolanda Picazo ha conseguido una sentencia absolutoria para su cliente por un delito de quebrantamiento de condena tras supuestamente no haber acudido a realizar los trabajos en beneficio de la comunidad a la que fue condenado en otro procedimiento penal.
Finalmente quedó absuelto al demostrar esta defensa que se le convocó en un domicilio equivocado (a pesar de que él personalmente indicó el cambio de domicilio) por lo que el condenado no pudo acudir al no recibir tales notificaciones.
Cuando comenzó el cumplimiento de su condena, por motivos de salud justificados, no pudo acudir al centro durante tres días y al acudir el cuarto día, le indicaron que no volviera como consecuencia de su falta, esto dio lugar a que supuestamente cometiera un quebrantamiento de condena.
Este Despacho consiguió acreditar que tales notificaciones no fueron enviadas al domicilio correcto a pesar de que el acusado comunicó los cambios de residencia y que por tanto no hubo mala fe por su parte sino una mera imposibilidad de comunicación.
Gracias a la documental aportada y a la defensa de la Letrada, consiguió la absolución de un delito de quebrantamiento de condena.
Es importante concienciarse de la importancia de un buen asesoramiento desde el principio para lograr, como en este caso, un resultado satisfactorio.